En la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, el Gerente General del Consejo Minero, Carlos Urenda expuso la opinión del gremio acerca del proyecto propone una modificación del artículo 202 del Código del Trabajo, estableciéndose, en lo principal, que se prohíbe a las personas trabajadoras que tengan bajo su cuidado un menor de dos años desempeñarse en turnos nocturnos, siendo deber del empleador adecuar su jornada, sin reducción de remuneraciones.
En su presentación, Urenda mencionó que, “un primer problema que vemos en esta prohibición es la falta de proporcionalidad entre el objetivo perseguido y el instrumento propuesto. Entendemos las dificultades de las personas trabajadoras a cargo de menores de dos años que no cuentan con una red de apoyo para suplir su ausencia durante los turnos nocturnos. Pero de estos casos no se desprende que la solución pase por prohibir a todas las personas a cargo de menores de dos años desempeñare en ocasión alguna en esos turnos. En segundo término, para muchos sectores productivos con operación continua que requiere turnos nocturnos, entre ellos la minería, esta prohibición puede causar una traba significativa, sobre todo para continuar incorporando mujeres a la actividad. Todas las empresas de la gran minería tienen políticas y estrategias para atraer más mujeres y entre ellas está el adecuar lo más posible las condiciones de trabajo a las necesidades del cuidado de sus hijos, sin limitar el desarrollo de carrera”, dijo.
Carlos Urenda pidió reconsiderar el contenido del proyecto de ley. “En sectores como la minería, que ofrece condiciones atractivas a las personas trabajadoras y empresas comprometidas con aumentar la participación de mujeres, mostrando logros destacables en la materia, existe una búsqueda permanente por adecuar las condiciones de trabajo a las necesidades del cuidado de los hijos de las personas trabajadoras, sin limitar su desarrollo de carrera. Para esto no existe una única fórmula que equilibre ambos objetivos y menos aún la solución pasa por prohibir los turnos nocturnos para todas las personas a cargo de menores de 2 años”.
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